Información importante debido al COVID-19
La Sección Consular de la Embajada del Ecuador en Canadá ha implementado el siguiente protocolo de atención al público a fin de canalizar de mejor manera los servicios en virtud de la emergencia sanitaria.
Antecedente:
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ha emitido un “Protocolo para la Prestación de Servicios Institucionales en las Oficinas Consulares”. En dicho documento se dispone que “cada oficina consular, elaborará su propio plan de prestación de servicios, considerando la realidad local del país receptor / circunscripción consular y la capacidad institucional de ofrecer servicios.”
Procedimiento para acceder a los Servicios Consulares:
- La Sección Consular atenderá a las personas que residan en las áreas de Ottawa- Gatineau, Montreal, Provincias de Quebec, Nuevo Brunswick, Terranova, Labrador y Nueva Escocia. Los usuarios que residan en otras provincias de Canadá deben tomar contacto con los Consulados de Toronto y Vancouver, tomando en cuenta sus respectivas jurisdicciones.
- El horario de atención al público es de Lunes a Viernes de 9:00am a 1:00pm.
- Para acceder a los servicios consulares, los usuarios deberán solicitar una cita a través del correo electrónico: [email protected]
- . No se atenderá sin previa cita.
- El pago de los servicios será mediante cheque en dólares estadounidenses que será entregado al finalizar el trámite.
- Los usuarios podrán llegar con 10 minutos de antelación a la cita, registrarán su ingreso y deberán portar obligatoriamente mascarillas. Es obligatorio el uso de desinfectante de manos tanto al ingreso como a la salida de la Embajada.
- Se recibirá en las instalaciones de la Embajada únicamente al titular o beneficiario del trámite. En caso de que el usuario requiera asistencia de un tercero, previamente debe informar al Consulado de esta necesidad a través del correo electrónico para obtener la respectiva autorización.
- No se permitirá el ingreso de personas con síntomas visibles de COVID-19. Se coordinará acciones con la recepción del edificio para el cumplimiento de este propósito.
- Se prohíbe el ingreso de personas con alimentos (bebidas o comida en general).
- Para preguntas frecuentes de los servicios que ofrecemos, por favor revise la información que se detalla en esta página.
- Para consultas sobre requisitos de ingreso al Ecuador durante el COVID-19, favor visite la página web: https://www.cancilleria.gob.ec/2020/06/18/emergencia-sanitaria/
Aquí usted encontrará toda la información que requiera sobre los servicios que ofrecen los Consulados del Ecuador en Canadá y los requisitos para cada trámite.
Por favor revise la sección de preguntas frecuentes que sigue a continuación antes de contactar a los Consulados del Ecuador en Canadá.
Para ser atendido por favor solicite una cita previa por el teléfono o los correos electrónicos provistos.
SECCIÓN CONSULAR EN OTTAWA
Jurisdicción: Ottawa (ON), Gatineau (QC), y Provincias de Quebec, Nuevo Brunswick, Terranova y Labrador, y Nueva Escocia.
Dirección: 99 Bank Street, Suite 230, Ottawa, Ontario, K1P 6B9
Teléfono: (001) 613-563-8206 ext. 230
Fax: (001) 613-235-5776
Horario: Lunes a viernes 9:00 am – 1:00 pm
Correos electrónicos: [email protected]
Responsable de la Sección Consular: Dr. Marco Torres Jaramillo
Teléfono de emergencias consulares: (001) 873-688-8070
CONSULADO DEL ECUADOR EN TORONTO
Jurisdicción: Provincias de Ontario, Manitoba, Saskatchewan, Nunavut, Alberta, British Columbia, Territorios del Noroeste y del Yukón.
Dirección: 151 Bloor St. West, Suite 830, Toronto, Ontario, M5S 1S4
Teléfono: (001) 416-968-2077
Fax: (001) 416-968-3348
Horario: Lunes a viernes 9:00 am – 3:00 pm
Correo electrónico: [email protected] / [email protected]
Página Web: https://toronto.consulado.gob.ec
Cónsul:
Consejero: Mgtr. Edy Montalván Carrión
Teléfono de emergencias consulares: (001) 647-345-8950
CÓNSUL AD-HONOREM EN VANCOUVER
Jurisdicción: Alberta, British Columbia y los Territorios del Noroeste y del Yukon
Dirección: 101-755 Miller Avenue Coquitlam, British Columbia, V3J 4K4
Teléfono: (001) 604-299-6600
Fax: (001) 604-299-6609
Horario: Lunes a viernes 9:00am – 3:00pm
Correo electrónico: [email protected]
Cónsul Ad-Honorem: Sr. Etienne E. V. Walter
PREGUNTAS FRECUENTES
Requisitos para ingresar al Ecuador
Para conocer en detalle los requisitos del ingreso a Ecuador, así como las nacionalidades que requieren visa para ingresar al país, use este acceso:
https://www.ministeriodegobierno.gob.ec/requisitos-para-ingresar-a-ecuador/
Necesito mi record policial ecuatoriano, ¿cómo lo obtengo?
El certificado de antecedentes penales puede ser obtenido en el sitio de internet del Ministerio de Gobierno http://certificados.ministeriodegobierno.gob.ec/gestorcertificados/antecedentes/
Para utilizar este documento debe legalizarlo en los Consulados del Ecuador en Canadá.
¿Qué documento requiero para sacar un nuevo pasaporte?
La cédula de ciudadanía vigente es uno de los documentos que se requiere para sacar un nuevo pasaporte. En caso de extravío o que se encuentre en trámites migratorios, podrá presentar dos documentos del Registro Civil Ecuatoriano: ficha índice dactilar y datos de filiación. Asimismo, tiene que presentar el último pasaporte que debe estar valido seis meses antes de expirar.
¿Qué es el Arancel Consular?
Es el valor estipulado en las leyes del Gobierno ecuatoriano para los trámites en los Consulados en el exterior.
Perdí mi pasaporte. ¿Cómo obtengo uno nuevo?
Usted debe hacer la denuncia policial y acercarse al Consulado más cercano. Excepcionalmente puede realizar una declaración juramentada en un Consulado.
Alguien suplantó mi identidad. ¿Qué puedo hacer?
Usted debe conceder un poder especial para que en Ecuador una persona en su nombre obtenga los siguientes documentos:
1. Una denuncia en la Fiscalía que debe legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Certificado de Movimiento Migratorio, que se obtiene en la Policía de Migración, que debe legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. En el Registro Civil usted debe solicitar la “ficha índice dactilar” y legalizarla en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
4. Antes de la obtención del pasaporte debe realizar una declaración juramentada de “suplantación de identidad” en un Consulado.
5. Información adicional sobre “suplantación de identidad” se puede obtener en la Dirección General de Documentos de Viaje del Ministerio de Relaciones Exteriores en Quito.
Pasaporte
El trámite para la obtención del pasaporte es personal y presencial. El pasaporte ecuatoriano (ordinario) tiene una validez de seis años.
Requisitos:
- Original y copia de la cédula de ciudadanía.
- En caso de pérdida se debe presentar la denuncia ante autoridad competente.
- Los menores de edad requieren autorización de padre y madre para obtener el pasaporte. Ambos deben acudir al Consulado con sus documentos de identidad, incluso si están separados. En caso de que uno de ellos no pueda hacerlo, debe enviar un poder o una autorización otorgada ante un notario o ante otro Consulado ecuatoriano. Si uno de los progenitores desconoce el paradero del otro, puede reemplazar el poder por una resolución judicial.
- Si un menor nacido en el extranjero va a obtener el pasaporte por primera vez, se debe presentar la inscripción de nacimiento realizada en algún Consulado ecuatoriano.
- Costo: 70 dólares americanos o su equivalente en moneda local.
Actualización o cambio de domicilio electoral
Requisitos:
- Cédula de identidad o pasaporte (original y copia).
- Completar y firmar formulario del CNE:
http://cne.gob.ec/es/2013-12-26-08-18-34/64-direccion-de-procesos/direccion-de-procesos-en-el-exterior/2023-direccion-de-voto-en-el-exterior
Autorización de viaje para niños y adolescentes
Este es un documento que permite la salida de un menor de edad, ecuatoriano o extranjero residente en el Ecuador, para que viaje a cualquier país del mundo, sólo o en compañía de uno de sus progenitores, con fines de turismo o para reagrupación familiar, aún si su padre y madre viven separados.
Si el menor viaja solo, necesita autorización de padre y madre. Si viaja con uno de ellos, debe contar con autorización de aquel que no lo acompaña. Si uno de los progenitores tiene la tuición concedida por los juzgados nacionales competentes, deberá entregar una copia de este documento.
En caso de negativa, ausencia o incapacidad de uno de los progenitores, el otro podrá solicitar la autorización necesaria ante los juzgados competentes en el Ecuador.
Requisitos:
- Documento de identidad ecuatoriano del padre o de la madre que autoriza el viaje.
- Cédula de identidad y/o partida de nacimiento del menor.
- Nombres completos y número de cédula de la persona que va a efectuar los trámites necesarios para el viaje.
- Dirección y teléfono donde permanecerá el menor en el extranjero.
- Costo: 20 dólares o su equivalente en moneda local.
Certificaciones de compañías
A pedido expreso de una compañía extranjera interesada, el Consulado confiere certificación de que esta se encuentra autorizada, con arreglo a sus estatutos, para abrir sucursales y efectuar negocios en el Ecuador, y que sus actividades están de acuerdo con su objeto social.
Requisitos:
- Solicitud escrita del representante legal con los siguientes datos: Nombre o razón social; fecha de constitución; nombre del o los representantes legales; actividad que realiza (objeto social) y domicilio legal.
- Certificado de constitución de compañías en el respectivo país conferido por la autoridad competente.
- Copia certificada y apostillada o legalizada de los estatutos de la compañía (que incluya la definición de su razón de ser y la posibilidad de abrir sucursales en el exterior).
- Copia certificada y apostillada o legalizada de la resolución del directorio o de la junta de accionistas, mediante la cual se decide la apertura de la sucursal y por la que se asigna el capital a invertirse (monto mínimo de 2.000 dólares o su equivalente en moneda local).
- Copia certificada y apostillada o legalizada del nombramiento del representante legal de la compañía en el Ecuador (si es extranjero, que resida en el Ecuador).
- Costo: 700 dólares o su equivalente en moneda local.
Declaración juramentada
Es una declaración escrita realizada bajo juramento, de manera personal ante el Cónsul, sobre aspectos que deben surtir efecto ante autoridades administrativas o judiciales.
Requisitos:
- Cédula de ciudadanía o pasaporte (original y copia).
- Costo: 20 dólares o su equivalente en moneda local.
Inscripción de nacimiento
Para obtener la nacionalidad ecuatoriana los menores nacidos en el extranjero deben ser inscritos en el Consulado correspondiente.
Requisitos:
- Presencia de padre y madre. Si uno de los progenitores no puede estar presente, es necesario un poder especial (de aquel que esté ausente) en el que autoriza al otro a inscribir al hijo/a.
- Documentos de identidad de padre y madre, uno de los cuales debe ser ecuatoriano.
- Prueba del estado civil de los padres al momento del nacimiento del niño o de la niña y al momento de la inscripción en el Consulado. De tratarse de documentos extranjeros, deben estar apostillados o legalizados, según corresponda, por las autoridades del país de origen del documento y traducidos.
- Razón de inexistencia. Este documento se otorga en el Consulado y tiene un costo de dos dólares.
- La inscripción de nacimiento es gratuita.
Nota: Gracias a la implementación del nuevo sistema del Registro Civil, los Consulados otorgan números definitivos de cédulas a niños ecuatorianos. Los inscritos antes de julio de 2012 recibieron un número provisional que debe ser actualizado directamente por sus representantes legales en el Registro Civil en el Ecuador.
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE)
Menaje de casa
Requisitos:
- Pasaporte ecuatoriano original y dos copias.
- Original y una copia de la lista detallada del menaje que se va a llevar a Ecuador (la lista deberá ser realizada a computador).
- La lista deberá contener los precios referenciales en dólares.
- Nombres de los miembros de familia que retornan y sus pasaportes originales y copias.
- Realizar una cita (recomendado).
Enlace:
https://www.cancilleria.gob.ec/menaje-de-casa/
Requisitos en la aduana
A fin de dar trámite a la exoneración prevista en el literal b) del Art. 27 de la Ley Orgánica de Aduanas, en concordancia con el Art. 15 de su Reglamento General y demás disposiciones emitidas para el efecto, los solicitantes deberán OBLIGATORIAMENTE presentar la siguiente información:
Ecuatorianos:
- Pasaporte ORIGINAL.
- Original del Certificado de Movimiento Migratorio FIRMADO por el solicitante.
- En este documento deben constar todas las salidas e ingresos al país.
- Si este documento no registra las salidas del país, usted debe proveer certificados consulares (en español) o registros acreditados por la Secretaría Nacional de Migración (SENAMI).
- Conocimiento de embarque ORIGINAL consignado al solicitante.
- Póliza de Seguro de Transporte de la mercancía ORIGINAL.
- Manifiesto de carga IMPRESIÓN DEL SISTEMA.
- Declaración Juramentada otorgada ante el Cónsul en el Exterior o ante un Notario en el Ecuador en la que conste:
- Estado Civil, nombre del cónyuge.
- Intención de establecer el domicilio permanente en el Ecuador.
- Si el viajero retorna con miembros de su familia (unidad familiar).
- En este caso deberá presentarse pasaportes ORIGINALES de todas las personas que retornaron con él.
- Lista de los bienes en la que se detalle cada uno de ellos, si estos son nuevos o usados, el valor unitario de cada elemento y el valor total al que asciende el menaje.
- Si incluye equipo de trabajo, destacarlo expresamente.
- Señalar arte, profesión u oficio ejercido en el exterior o a ejercer en el país.
- Ningún equipo de trabajo puede estar clasificado en los capítulos 87, 88 u 89 del Arancel Nacional de Importaciones.
Para acceder a este beneficio tributario, los solicitantes deberán acreditar una permanencia en el exterior no inferior a un (1) año. Durante su último año de permanencia en el exterior no podrán registrar ingresos al Ecuador que superen 60 días (se computan todos los días).
Otros servicios de SENAE
https://www.aduana.gob.ec/servicio-al-ciudadano/
Voto en el exterior
El empadronamiento electoral es uno de los servicios que ofrecen los consulados con el objeto de actualizar el registro que elabora el Consejo Nacional Electoral (CNE) de los/as ciudadanos/as ecuatorianos/as en capacidad de votar (mayores de 16 años).
Es importante que renueve sus datos en el registro electoral de la localidad donde reside para tener la oportunidad de participar en los procesos electorales, ya que de esta manera decide sobre aquello que afecta y beneficia el desarrollo del país y el bienestar de los/as ecuatorianos/as. Al respecto, la Constitución le otorga como ciudadano/a en el exterior el derecho a participar en esas decisiones según se desprende de los Arts. 61, 62, 63 y 95.
Para realizar el empadronamiento el ciudadano se debe acercar al Consulado de su localidad llevando su pasaporte ecuatoriano o la cédula de identidad, y manifestar su voluntad de empadronarse. Este servicio no tiene costo alguno y lo puede hacer incluso con los documentos caducados. Mientras no realice esta gestión, sus datos del registro electoral continuarán apareciendo en su última dirección conocida en Ecuador. Solo cambiando sus datos podrá evitarse las multas que pone el CNE.
Requisitos:
- Pasaporte o cédula de ciudadanía vigente (original y copia).
- El trámite es gratuito.
- El domicilio electoral se cambia automáticamente.